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Información general

LA BODA CIVIL:
Una de las dos bodas es la civil, y muchas veces en la única, así que hay que tener todo esto listo para ese momento. Normalmente se realiza algunas semanas antes de la ceremonia religiosa, aunque actualmente muchas parejas se casan el mismo día y en le mismo sitio donde se realiza la recepción, para ahorrar una ceremonia y una fiesta.
En caso de que quieran hacerlo así, consulten con el salón o jardín para saber si tienen un espacio cpara ese fin.
Casarse por el civil regularmente cuesta menos de mil pesos, con todo y los exámenes prematrimoniales obligatorios. Los trámites llevan algún tiempo, así que es importante que visiten la delegación o municipio que les corresponde.

Lista de Requisitos:
Ser mayores de edad (en caso de no serlo es necesario presentar un permiso por escrito de los padres o tutores).
Los dos deben ser solteros y sin ningun compromiso civil que no esté concluido legalmente.
En caso de que alguno de los dos sea divorciado o viudo, es necesario presentar los papeles que comprueben su estado civil y dejar pasar el tiempo requerido para volver a casarse.

Documentos que necesitan presentar (en original y copia):
Requesitar a máquina la solicitud que porciona el Registro Civil.
Presentar los resultados de los análisis prenupciales de cada contrayente con fotografía testada por el médico con sello de laboratorio (solo tienen 15 días de vigencia).
Copia certificada del acta de nacimiento de los contrayentes.
Comprobante de domicilio vigente de los contrayentes.
Identificación oficial de cada uno.
Identificación de dos testigos de cada uno de los novios.
La documentación deberá presentarse al menos ocho días antes de la ceremonia en el juzgado del Registro Civil más cercano a su domicilio.

¿Y si uno de los novios es Extranjero?:
Si alguno de los contrayentes es extranjero deberá presentar los siguientes documentos:
Permiso de la Secretaría de Gobernación.
Acta de nacimiento debidamente legalizada.
en caso de que el acta de nacimiento no se encuentre en español, deberá presentarse traducida por un perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia.

¿Bienes Separados o Mancomunados?:
Ya pensaron qué régimen será el que los una en matrimonio ante las autoridades civiles?. No lo dejen para el último momento: se trata de ver las conveniencias y las desventajas que tiene cada una de las dos formas de matrimonio civil.
Ambas tienen que ver, sobre todo, con la administración de los bienes que posean los esposos. En la sociedad conyugal, los contrayentes establecen un vinculo similar al de una sociedad mercantil. Se convierten en socios uno del otro, poseedores por igual partida de todo el patrimonio que generen al momento de casarse.
Del otro lado está el régimen de separación de bienes, por el cual los contrayentes establecen de común acuerdo que cada quién será poseedor exclusivamente de los bienes que estén a su nombre.

 

LA BODA RELIGIOSA:
Esta ceremonia es el momento más emotivo e importante para las personas que deciden unir sus vidas a travéz de la religión. Los templos y las iglesias, sin importar cual se su creencia, deben apartarse al menos con un año de anticipación, y muchas veces los novios parten de la ubicación de ésta para buscar el salón o el jardín para la recepción.

Es recomendable que asistan a la iglesia que está cerca de su hogar o a la que les correspode según la colonia y delegación: ahí les informaran cuáles son los papeles que necesitan.
Si decidieron casarse en alguna iglesia que no les corresponde, deben solicitar un permiso de la parroquia cercana a su hogar.

Los Documentos Regularmente Requeridos son:
Copia certificada del acta de nacimiento.
Fe de bautismo.
Fe de confirmación.
Certificado de asistencia a las pláticas prematrimoniales.

¿Cuál es la mejor iglesia?
La mejor para celebrar su matrimonio siempre será la que signifique algo para ustedes, quizá donde se casaron sus padres, donde los bautizaron o a la que acostumbran visitar con frecuencia.