Información
general
LA BODA CIVIL:
• Una de las dos bodas
es la civil, y muchas veces en la única, así
que hay que tener todo esto listo para ese momento. Normalmente
se realiza algunas semanas antes de la ceremonia religiosa,
aunque actualmente muchas parejas se casan el mismo día
y en le mismo sitio donde se realiza la recepción,
para ahorrar una ceremonia y una fiesta.
•
En caso de que quieran hacerlo así,
consulten con el salón o jardín para saber
si tienen un espacio cpara ese fin.
•
Casarse por el civil regularmente
cuesta menos de mil pesos, con todo y los exámenes
prematrimoniales obligatorios. Los trámites llevan
algún tiempo, así que es importante que visiten
la delegación o municipio que les corresponde.
Lista
de Requisitos:
•
Ser mayores de edad (en caso
de no serlo es necesario presentar un permiso por escrito
de los padres o tutores).
•
Los dos deben ser solteros y sin ningun
compromiso civil que no esté concluido legalmente.
•
En caso de que alguno de los dos sea
divorciado o viudo, es necesario presentar los papeles que
comprueben su estado civil y dejar pasar el tiempo requerido
para volver a casarse.
Documentos
que necesitan presentar (en original y copia):
•
Requesitar a máquina la solicitud
que porciona el Registro Civil.
•
Presentar los resultados de los análisis
prenupciales de cada contrayente con fotografía testada
por el médico con sello de laboratorio (solo tienen
15 días de vigencia).
•
Copia certificada del acta de nacimiento
de los contrayentes.
•
Comprobante de domicilio vigente de
los contrayentes.
•
Identificación oficial de cada
uno.
•
Identificación de dos testigos
de cada uno de los novios.
•
La documentación deberá
presentarse al menos ocho días antes de la ceremonia
en el juzgado del Registro Civil más cercano a su
domicilio.
¿Y
si uno de los novios es Extranjero?:
Si
alguno de los contrayentes es extranjero deberá presentar
los siguientes documentos:
•
Permiso de la Secretaría de
Gobernación.
•
Acta de nacimiento debidamente legalizada.
•
en caso de que el acta de nacimiento
no se encuentre en español, deberá presentarse
traducida por un perito autorizado por el Tribunal Superior
de Justicia.
¿Bienes
Separados o Mancomunados?:
•
Ya pensaron qué régimen
será el que los una en matrimonio ante las autoridades
civiles?. No lo dejen para el último momento: se
trata de ver las conveniencias y las desventajas que tiene
cada una de las dos formas de matrimonio civil.
•
Ambas tienen que ver, sobre todo,
con la administración de los bienes que posean los
esposos. En la sociedad conyugal, los contrayentes establecen
un vinculo similar al de una sociedad mercantil. Se convierten
en socios uno del otro, poseedores por igual partida de
todo el patrimonio que generen al momento de casarse.
•
Del otro lado está el régimen
de separación de bienes, por el cual los contrayentes
establecen de común acuerdo que cada quién
será poseedor exclusivamente de los bienes que estén
a su nombre.
LA
BODA RELIGIOSA:
•
Esta ceremonia es el momento más
emotivo e importante para las personas que deciden unir
sus vidas a travéz de la religión. Los templos
y las iglesias, sin importar cual se su creencia, deben
apartarse al menos con un año de anticipación,
y muchas veces los novios parten de la ubicación
de ésta para buscar el salón o el jardín
para la recepción.
•
Es recomendable que asistan a la iglesia
que está cerca de su hogar o a la que les correspode
según la colonia y delegación: ahí
les informaran cuáles son los papeles que necesitan.
•
Si decidieron casarse en alguna iglesia
que no les corresponde, deben solicitar un permiso de la
parroquia cercana a su hogar.
Los
Documentos Regularmente Requeridos son:
•
Copia certificada del acta de nacimiento.
•
Fe de bautismo.
•
Fe de confirmación.
•
Certificado de asistencia a las pláticas
prematrimoniales.
¿Cuál
es la mejor iglesia?
•
La mejor para celebrar su matrimonio
siempre será la que signifique algo para ustedes,
quizá donde se casaron sus padres, donde los bautizaron
o a la que acostumbran visitar con frecuencia.